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Modificación del modelo 587 del Impuesto sobre los Gases Fluorados

Se ha publicado en el BOE la Orden HAC/56/2026, de 22 de enero, que modifica la regulación del modelo 587 (Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero) y del modelo A23 (solicitud de devolución).

La Orden entra en vigor el 5 de febrero de 2026, aunque se aplicará por primera vez a los periodos de liquidación que se inicien a partir del 1 de julio de 2026.


Principales cambios

  • Se introduce la autoliquidación rectificativa como vía general para corregir autoliquidaciones ya presentadas.

  • Este nuevo sistema sustituye a la autoliquidación complementaria y a la solicitud de rectificación.

  • El modelo 587 se adapta para permitir rectificaciones sin necesidad de esperar resolución administrativa.

  • Solo será aplicable a periodos iniciados a partir del tercer trimestre de 2026.


Estos cambios afectan directamente a la gestión futura del impuesto, por lo que conviene revisar con antelación los procedimientos de liquidación y rectificación.


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Natalia Hidalgo

Abogada especializada en Impuestos Especiales y Derecho Aduanero. Asesoramiento, gestión y formación. Nh-asesores.com