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Se ha publicado Propuesta de orden por la que se desarrolla el mecanismo de fomento de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte, que hasta el próximo 15 de septiembre estará en fase de audiencia e información pública para la presentación de alegaciones a su redactado. (https://energia.gob.es/es-es/participacion/paginas/DetalleParticipacionPublica.aspx?k=620=

 

Esta propuesta de Orden significa no solo una actualización de la actualmente vigente Orden ITC/2877/2008, de 9 de octubre, por la que se establece un mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte a la situación actual del mercado de los biocarburantes y combustibles renovables, sino una modificación radical del mecanismo de fomento de biocarburantes y su sistema de certificación (SICBIOS) como hasta ahora lo conocíamos.

 

Es por ello que en cuanto se publique la Orden definitiva, organizaremos una sesión de formación para el análisis y explicación al detalle de los cambios que se confirmen, contando con especialistas en los sistemas de certificación de estos productos para que la sesión de formación sea un completo análisis jurídico y técnico del nuevo SICBIOS.


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De gran interés para los colaboradores de la gestión de los 20 céntimos durante los meses de abril a diciembre del 2022 que tienen pagos pendientes por la AEAT por diferencias entre lo solicitado y lo efectivamente cobrado (errores en las peticiones presentadas que han sido sistemática y reiteradamente denegadas sus subsanaciones por la AEAT e incluso por algunos Tribunales Económicos Administrativos) os informamos que tenemos constancia que se están empezando a tramitar por las Oficinas Gestoras los ajustes correspondientes y acordando las devoluciones.

Si estás en esta situación y aún no has reclamado lo que tienes pendiente de pago, te ayudamos a hacerlo.


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De gran interés para todas las empresas que utilizan el sistema de envíos garantizados en las expediciones o recepciones de productos con IIEE devengado entre países de la UE, el sábado 17 de junio se publicó en el BOE el desarrollo reglamentario del sistema de envíos garantizados (que está en vigor desde el 13 de febrero de 2023), la Orden HFP/626/2023, de 14 de junio, por la que se aprueban las normas de desarrollo en relación a los movimientos de envíos garantizados, los modelos 504 «Solicitud de autorización de expedición o recepción de productos objeto de los impuestos especiales de fabricación con destino a o procedentes del resto de la Unión Europea», 505 «Autorización de expedición o recepción de productos objeto de los impuestos especiales de fabricación con destino a o procedentes del resto de la Unión Europea», 507 «Solicitud de devolución en el sistema de envíos garantizados», se determina la forma y procedimiento para su presentación, y se regula la inscripción en el registro territorial.

 

En este link encontraréis el texto: https://www.boe.es/boe/dias/2023/06/17/pdfs/BOE-A-2023-14425.pdf

 

La Ley 11/2023, de 8 de mayo, entre otras variadas temáticas
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De interés para los fabricantes y adquirientes intracomunitarios sujetos al Impuesto Especial sobre envases de plástico no reutilizables, os recordamos que durante el mes de julio 2023 se tendrán que cumplir las obligaciones contables correspondientes al primer semestre de 2023 que se recogieron en la disposición transitoria segunda de la Orden HFP/1314/2022, de 28 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 592 «Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación» y el modelo A22 «Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Solicitud de devolución», se determinan la forma y procedimiento para su presentación, y se regulan la inscripción en el Registro territorial, la llevanza de la contabilidad y la presentación del libro registro de existencias, si durante estos seis primeros meses no habéis hecho los envíos correspondientes.

 

Resumen de ejecución de la disposición transitoria segunda: Durante el mes de julio 2023:

 

a) Los fabricantes podrán…

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De interés para todas las empresas que trabajen con cualquier producto dentro del ámbito objetivo de los Impuestos Especiales (hidrocarburos, alcohol, tabaco…) y realicen entregas de productos con los impuestos devengados en otros Estados miembros de la UE con fines comerciales (Envíos garantizados), os informamos que se ha publicado en el DOUE propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) n1 389/2012 en lo que respecta al intercambio de la información conservada en los registros electrónicos relativa a los operadores económicos que trasladan productos sujetos a impuestos especiales entre Estados miembros con fines comerciales.

 

Hasta el 20 de diciembre está abierto el periodo para la presentación de comentarios a esta iniciativa legislativa de la UE. LINK PARA PRESENTAR COMENTARIOS: Amendment of Council Regulation (EU) No 389/2012 (europa.eu)

 

La finalidad de esta propuesta es ampliar el control informático de los movimientos entre la UE de productos dentro del ámbito objetivo de los IIEE. Ahora solo se controlan informáticamente los movimientos en régimen suspensivo.

Con este Reglamento se controlarán informáticamente los Envíos Garantizados a partir del 13 de febrero 2023. Con ello se pretende mejorar la lucha contra el fraude fiscal.

 

Con la aprobación de esta propuesta de reglamento se derogará el actual Reglamento 389/2012 sobre cooperación administrativa en el ámbito de los impuestos especiales.

 

Los principales cambios son:

 

Ampliar el uso del sistema informatizado que se utiliza para supervisar los movimientos de productos con impuestos especiales en virtud del régimen suspensivo…

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Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la energía, en la aplicación del régimen retributivo a las instalaciones de cogeneración y se reduce temporalmente el tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados combustibles.


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El domingo 26 de junio de 2022, se publicó un BOE extraordinario (como “en los mejores” días del Estado de Alarma, con 24 de sus 65 páginas solamente dedicadas a los antecedentes y fundamentos que motivan/explican/justifican/excusan la obligación de regular bajo esta fórmula), con el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma aprobado ayer en el Consejo de Ministros Extraordinario.

 

En este link podéis encontrarlo: https://www.boe.es/boe/dias/2022/06/26/pdfs/BOE-A-2022-10557.pdf


Las nuevas medidas directamente vinculadas con la gestión de los hidrocarburos y electricidad, los dos productos dentro del ámbito objetivo de los Impuestos Especiales afectados, son las siguientes:

 

1.- BONIFICACIÓN 20 CÉNTIMOS: Cambios respecto al RDL 6/2022.

 

  • Duración: se prorroga hasta el 31/12/2022.

 

  • Tipos de productos afectados: se excluyen de la bonificación a los productos utilizados como carburante en la navegación privada de recreo.

 

  • Anticipo (GRAN NOVEDAD):

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De gran interés para los titulares de depósitos fiscales, por fin se publica el Proyecto de Real Decreto que regulará, entre otras muchas cosas, la formación del Registro de extractores de depósitos fiscales de productos incluidos en los ámbitos objetivos de los Impuestos sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas o sobre Hidrocarburos establecido por la Ley 11/2021, de 9 de julio, que modificó la Ley 37/1992, del IVA en relación a la responsabilidad subsidiaria de los titulares de estos establecimientos respecto a la gestión del IVA de los propietarios de los productos que se almacenan en ellos


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En el BOE de hoy, 20 de junio de 2022, se ha publicado la Orden TED/553/2022, de 16 de junio, por la que se liberan existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos en el marco de una acción coordinada de la Agencia Internacional de la Energía.

 

En este link podéis encontrarla: https://www.boe.es/boe/dias/2022/06/20/pdfs/BOE-A-2022-10134.pdf

 

Esta Orden hay que leerla vinculada con la Resolución de 1 de junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de mayo de 2022, por el que se liberan 4 millones de barriles de existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos en el marco de la segunda acción coordinada de la Agencia Internacional de la Energía como respuesta a la guerra de Ucrania, que se publicó el pasado 3 de junio de 2022.

 

En la Resolución de 1 de junio se anunciaba por segunda vez desde el inicio de la invasión de Ucrania una reducción de la obligación del mantenimiento de reservas estratégicas por una cantidad que suponía liberar 5,2 días de reservas, pasando de los 89,4 días en ese momento de obligación (fruto de la primera medida de liberalización de reservas estratégicas adoptada en el Consejo de Ministros de 4 de marzo, porque la obligación natural son 92 días) hasta 84,2 días.

 

Con esta segunda medida se reducía con carácter transitorio la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos a los sujetos obligados en 5,2 días.

 

Pues bien, esa Resolución de 1 de junio de 2022 también habilitaba al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para a) establecer las condiciones concretas para llevar a cabo la liberación de ese volumen de reservas o b) para MODIFICARLAS. Y esto es lo que se hace con la Orden TED/553/2022 que se publica y entra en vigor hoy:

 

– Se reduce con carácter transitorio, …


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De interés para los sujetos obligados al Sistema Nacional de Eficiencia Energética (Operadores al por mayor de productos petrolíferos, electricidad, gas natural y GLP), os recordamos que el próximo 30 de junio finaliza el plazo para presentar el Informe anual correspondiente al ejercicio 2021.

 

No hay ningún cambio en el formato de presentación respecto al año pasando, siendo la aplicación DAFNE del MITERD.

 

Os recordamos el link para cumplir con esta obligación y os enviamos adjunto el modelo de declaración jurada.

 

https://energia.serviciosmin.gob.s/DAFNE/?servicioAutenticado&current_user_num_identificacion=NzEyNjI4NDJY&current_user_first_name=TkFUQUxJQQ==&current_user_last_name=SElEQUxHTyBTRUJBU1RJQU4=&qaa=Mw==

 

Con la información facilitada, el Ministerio calculará las obligaciones de ahorro que le corresponden a cada operador y las consiguientes aportaciones económicas que deberá realizar al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) a lo largo del año que viene.

 

Y como recordatorio de la materialización de esta obligación, os volvemos a enviar el BOE de 22 de marzo donde se publicaron este año las cuotas correspondientes al año 2020 (Orden TED/220/2022, de 16 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en el año 2022.) https://www.boe.es/boe/dias/2022/03/23/pdfs/BOE-A-2022-4585.pdf




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