Con causa en la modificación de la Ley del Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero aprobada en Ley 14/2022 que os informamos en días pasados, se incluyó la IMPORTACIÓN como hecho imponible desde el 1 de septiembre de 2022.
Por esta razón se han realizado los cambios en el sistema de importación de estos productos para habilitar la gestión de este impuesto, en la siguiente forma:
- Será necesario incluir el CAF del importador o bien el del almacenista en la casilla 44 del DUA, usando para ello los siguientes códigos:
- 5025: CAF Almacenista gases fluorados
- 5026: CAF Importador gases fluorados.
- En casos de importación de gases fluorados del anexo I del Reglamento (UE) n.º 517/2014 la liquidación del impuesto se efectuará directamente por la aduana, sin necesidad de que el declarante consigne ninguna información en la casilla 47.
- En el caso de mezclas o de importación de productos que contengan gases fluorados se declarará de la siguiente forma:
- En la casilla 47 se consignará:
- Clase de tributo= 1CF
- En base imponible se indicará los Kg de gas fluorado contenido en el producto importado con arreglo a lo previsto en el artículo once.2 de la Ley 19/2013 o en la mezcla
- El PCA de dichos gases fluorados se incluirá en la casilla 44 usando para ello el código de documento 7015
- …
- En la casilla 47 se consignará:
Para mas información manda un email a: info@nh-asesores.com