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Tras semanas de espera a las medidas para reducir el impacto de la escalada de los precios de los productos petrolíferos provocados por la crisis de Ucrania, ya tenemos las medidas que establecen la anunciada bonificación temporal del precio final de determinados productos energéticos.

 

El Real Decreto-Ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de repuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania recoge en el Capítulo VI (art. 15 a 21), entre una gran variedad de medidas enfocadas a todos los sectores directamente perjudicados por las consecuencias de la crisis que estamos sufriendo, el detalle de la gestión de la bonificación de 20 céntimos en el precio de los productos petrolíferos y las obligaciones de los agentes del sector para su aplicación.

 

Es muy importante destacar que en las medidas hoy publicadas hay un importantísimo cambio respecto a lo informado ayer en la nota de prensa del Ministerio de Hacienda tras el Consejo de Ministros: en el Real Decreto-Ley no se marcan los usos de los productos petrolíferos que darán derecho a las bonificaciones. Ayer en la nota de prensa se decía “La norma también marca los usos que darán derecho a estas bonificaciones: uso como carburante en motores de vehículos terrestres, uso como carburante en embarcaciones y uso como carburante en motores estacionarios y todo tipo de maquinaria”. El Real Decreto-Ley 6/2022 sin embargo solo habla de tipos de productos, pero no de usos, abriendo la opción de que se aplique el descuento al Gasóleo B con todos sus posibles usos.

 

Este es el detalle de la bonificación aprobada:

 

1.- OBJETO:

 

Bonificación extraordinaria y temporal en el precio de venta al público de los siguientes productos energéticos y aditivos:

 

a) Gasolina (G95E5, G95E10, G95E5+, G98E5 y G98E10).

b) Gasóleo de automoción habitual o «gasóleo A» (GOA) y gasóleo de automoción de características mejoradas o «gasóleo A+» (GOA+).

c) Gasóleo B (GOB).

d) Gasóleo para uso marítimo (MGO).

e) GLP (gases licuados de petróleo para propulsión de vehículos).

f) GNC (gas natural comprimido licuado para propulsión de vehículos).

g) GNL (gas natural licuado para propulsión de vehículos).

h) Bioetanol.

i) Biodiésel.

j) Mezclas de gasolina con bioetanol o de gasóleo con biodiésel que requieran etiquetado específico.

h) Aditivo AdBlue.

2.- BENEFICIARIOS:

Las personas y entidades que adquieran esos productos entre los días 1 de abril y 30 de junio de 2022, (ambos incluidos) a los colaboradores en la gestión de esta bonificación.

 

3.- CANTIDAD DE BONIFICACIÓN:

Dos supuestos, dependiendo a qué tipo de colaborador se compren:

-0,20 euros sobre el precio de venta al público PVP por cada litro (o kg en el caso del GNC y GNL)
-0,15 euros para el caso de los productos adquiridos a … 

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Os compartimos nuestra participación en el programa AQUÍ Y AHORA de ARAGON TV apuntando y comentando las medidas que finalmente se han aprobado esta tarde en el Consejo de Ministros para aplicar la rebaja de 20 céntimos en el precio de los carburantes.  

 

 https://www.dropbox.com/s/jye72mhvql8nw69/Martes%2C%2029%20de%20Marzo%20-%2029_03_2022%2011_15%20-%20Aqu%C3%AD%20y%20Ahora%20-%20Arag%C3%B3n%20TV%20A%20la%20Carta%20-%20Mozilla%20Firefox%202022-03-29%2017-08-47.mp4?dl=0

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Tras horas de negociaciones, el 24 de marzo por la noche se alcanzaba finalmente un acuerdo entre el gobierno y el sector del transporte por carretera.

El comunicado emitido por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) contiene el catálogo de 8 medidas acordadas:

1.- REBAJA EN EL PRECIO DEL CARBURANTE HASTA EL 30 DE JUNIO.
Se bonificarán con 20 céntimos por litro o kg (para el gas comprimido) de combustible (gasolina, gasóleo, gas y adblue)
      • 15 céntimos saldrán de los presupuestos generales.
      • 5 céntimos (como mínimo) de las petroleras.

Con esta medida se estima que cada camión tenga un ahorro aproximado de 700 € al mes (600 millones de euros para el sector del transporte) y se prorrogará más allá del 30 de junio según evolucionen los mercados.
Será la CNMC la que controle que esta bonificación se traslada a los precios.

2.- AYUDAS DIRECTAS AL SECTOR POR 450 MILLONES DE EUROS.
Se repartirán de la siguiente forma con un límite de 400.000 € por empresa:
  • 1250 € por camión.
  • 950 € por autobús.
  • 500 € por furgoneta.
  • 300 € por taxi, VTC y ambulancia.

3.- CRÉDITOS AVALADOS POR EL ICO:
  • Ampliación del plazo de vencimiento de los créditos ICO hasta 8-10 años.
  • Ampliación periodo de carencia de los créditos ICO en 6 meses.
  • Nueva línea de crédito ICO con 12 meses de carencia.
 
4.- SE DUPLICA EL PRESUPUESTO PARA AYUDAS 

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Os compartimos la participación de NH Asesores en el CANAL H24 de TVE hablando sobre las medidas de reducción del precio de los carburantes y cuestiones varias sobre la situación actual que estamos viviendo.


Os invitamos a ver el video y dejar un comentario:
https://www.dropbox.com/s/hnhj0r7xhejs3tu/NATALIA%20HIDALGO%20CANAL%2024H%20TVE%2023%20MARZO%202022.mov?dl=0


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En el día de hoy, 23 de marzo de 2022, se ha publicado la Orden TED/220/2022, de 16 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en el año 2022. Unas aportaciones muy “de moda”, al ser uno de los factores a tener en cuenta para el cálculo del precio de los productos energéticos.

https://www.boe.es/boe/dias/2022/03/23/pdfs/BOE-A-2022-4585.pdf

Se aprueban las cuotas anuales de “ahorro energético” a pagar en 2022 por los sujetos obligados (comercializadoras de gas y electricidad, operadores de productos petrolíferos al por mayor, y operadores de gases licuados de petróleo al por mayor).El detalle de qué deben pagar cada uno de los sujetos obligados y la metodología de cálculo están en los dos anexos de esta Orden.

La equivalencia financiera para el año 2022 es exactamente igual que la del año pasado: se establece en 1,5950 millones de euros por ktep ahorrado, o 137.170 euros por GWh ahorrado, en base al coste medio estimado para movilizar las inversiones en todos los sectores de actuación necesarias para alcanzar el objetivo anual de ahorro (un ahorro equivalente al 1,5 % de sus ventas anuales de energía).

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El 19 de marzo de 2022, se ha publicado en el BOE el Real Decreto 184/2022, de 8 de marzo, por el que se regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos. Adjunto os mandamos el texto del Real Decreto.

 

Con este Real Decreto, que solo afecta a los puntos de recarga de acceso público, no a los puntos de particulares o de empresas para sus flotas, se definen los derechos y las obligaciones de los agentes que participan en la actividad, para facilitar su desarrollo y proteger más a los usuarios, y se completa el marco normativo de aplicación a la actividad de recarga de vehículos eléctricos para dinamizar la movilidad sostenible.

 

Los titulares esenciales del Real Decreto son:

 

1.- OPERADORES Y PRESTADORES DE SERVICIOS 

 

El decreto define las dos figuras jurídicas que pueden participar en la actividad de recarga:

  1. el Operador del Punto de Recarga, titular de los derechos de explotación de las estaciones de recarga y responsable de su operación física, y
  2. la Empresa Proveedora de Servicios para la Movilidad Eléctrica, un intermediario entre los operadores y los usuarios de vehículos eléctricos, que puede prestar servicios de valor añadido a dichos usuarios. 

 

Entre las obligaciones que se imponen a ambos actores están:

  • deben informar sobre el origen de la energía eléctrica suministrada;
  • deben disponer de un servicio de atención al cliente para recoger quejas, reclamaciones o incidencias del servicio, y
  • deben preservar el carácter confidencial de la información de la que tengan conocimiento en el desempeño de su actividad.
  • Los operadores, en tanto que responsables de la operación física de los puntos de recarga, garantizarán el cumplimiento de la normativa de calidad, seguridad industrial y metrología que resulte de aplicación…




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El 17 de marzo la directora de nuestro despacho Natalia Hidalgo Sebastián participó en el programa “AQUÍ Y AHORA” de AragonTV hablando sobre algunas ideas de qué se puede hacer para reducir el precio de los carburantes.


El programa esta disponible en este link:

https://www.dropbox.com/s/ffmziopv1wiirse/natalia%20hidalgo%20AQUI%20Y%20AHORA%20aragon%20tv%2017%3A03%3A22.mov?dl=0

 

A la reducción de 15 céntimos por litro en el precio ya anunciada, un descuento válido para todos los carburantes que van a aplicar a partir de 1 de abril durante 4 meses, el Gobierno ha anunciado que reducirán en 35 céntimos por litro el precio del gasóleo para el sector pesquero.

 

La realidad del mercado de estas semanas nos está demostrando que si bien el Estado tiene margen de reducción de los precios sin tener que adoptar medidas de difícil aplicación (reducción del IVA sin tener mucha pérdida de ingresos porque están teniendo un extra de recaudación no esperado, reducción del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos hasta los límites que permite la UE, aumento de la devolución del gasóleo profesional y gasóleo agrícola), también las empresas parece que también tienen margen para tomar medidas para reducir el precio (Repsol por ejemplo ha anunciado te da un descuento de 10 céntimos si pagas con su aplicación de pago, la reducción del platts de las ultimas semanas y de la obligación de mantenimiento de reservas estratégicas no se está viendo en los precios….).

 

Así que igual no toda la culpa la tiene el Estado, pero tampoco parece que tengamos una Administración que sepa manejar con rapidez y eficacia la necesidad de dar respuesta YA Y AHORA al miedo que da acercarse a una gasolinera!

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El 5 de marzo de 2022 el BOE publica una de las medidas más extraordinarias que se pueden tomar en el sector de los hidrocarburos, la liberación de reservas estratégicas. Para los que trabajamos en este sector, leer la Orden publicada hoy en el BOE es apuntar una línea más al listado de situaciones increíbles que se están viviendo en el mundo en los últimos dos años.

 

Orden PCM/153/2022, de 4 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2022, por el que se liberan existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos en el marco de una acción coordinada de la Agencia Internacional de la Energía.

 

La situación geopolítica en Europa, como consecuencia de la invasión de Ucrania por Rusia, ha alterado el mercado petrolero y ha provocado la posibilidad de una interrupción sustancial del suministro a Europa. (Rusia es el tercer mayor productor de petróleo del mundo, representando el 12 % del comercio mundial de crudo así como el 15 % del comercio mundial de productos refinados)

 

La UE se abastece del mercado ruso por vía terrestre y marítima:

  • Por una parte, el oleoducto de Druzhba, con paso por Ucrania abastece a Hungría, Eslovaquia y República Checa de manera directa.
  • Por otra, la creciente inestabilidad sobre el mar Negro podría derivar en una crisis de suministro dado que, si este quedara aislado del tráfico de buques petroleros, el suministro 2.3 mb/d de crudo estaría en riesgo.

 

Para aliviar la tensión de los mercados y los efectos de un suministro inestable de petróleo crudo y sus derivados procedentes de Rusia, la Agencia Internacional de la Energía (AIE) ha activado un Plan de Respuesta Coordinada (en España la administración de ejecución de esta medida es la CORES, Corporación de Reservas Estratégicas) por el que…

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