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Os compartimos la participación de NH Asesores en el CANAL H24 de TVE hablando sobre las medidas de reducción del precio de los carburantes y cuestiones varias sobre la situación actual que estamos viviendo.


Os invitamos a ver el video y dejar un comentario:
https://www.dropbox.com/s/hnhj0r7xhejs3tu/NATALIA%20HIDALGO%20CANAL%2024H%20TVE%2023%20MARZO%202022.mov?dl=0


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En el día de hoy, 23 de marzo de 2022, se ha publicado la Orden TED/220/2022, de 16 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en el año 2022. Unas aportaciones muy “de moda”, al ser uno de los factores a tener en cuenta para el cálculo del precio de los productos energéticos.

https://www.boe.es/boe/dias/2022/03/23/pdfs/BOE-A-2022-4585.pdf

Se aprueban las cuotas anuales de “ahorro energético” a pagar en 2022 por los sujetos obligados (comercializadoras de gas y electricidad, operadores de productos petrolíferos al por mayor, y operadores de gases licuados de petróleo al por mayor).El detalle de qué deben pagar cada uno de los sujetos obligados y la metodología de cálculo están en los dos anexos de esta Orden.

La equivalencia financiera para el año 2022 es exactamente igual que la del año pasado: se establece en 1,5950 millones de euros por ktep ahorrado, o 137.170 euros por GWh ahorrado, en base al coste medio estimado para movilizar las inversiones en todos los sectores de actuación necesarias para alcanzar el objetivo anual de ahorro (un ahorro equivalente al 1,5 % de sus ventas anuales de energía).

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El 17 de marzo la directora de nuestro despacho Natalia Hidalgo Sebastián participó en el programa “AQUÍ Y AHORA” de AragonTV hablando sobre algunas ideas de qué se puede hacer para reducir el precio de los carburantes.


El programa esta disponible en este link:

https://www.dropbox.com/s/ffmziopv1wiirse/natalia%20hidalgo%20AQUI%20Y%20AHORA%20aragon%20tv%2017%3A03%3A22.mov?dl=0

 

A la reducción de 15 céntimos por litro en el precio ya anunciada, un descuento válido para todos los carburantes que van a aplicar a partir de 1 de abril durante 4 meses, el Gobierno ha anunciado que reducirán en 35 céntimos por litro el precio del gasóleo para el sector pesquero.

 

La realidad del mercado de estas semanas nos está demostrando que si bien el Estado tiene margen de reducción de los precios sin tener que adoptar medidas de difícil aplicación (reducción del IVA sin tener mucha pérdida de ingresos porque están teniendo un extra de recaudación no esperado, reducción del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos hasta los límites que permite la UE, aumento de la devolución del gasóleo profesional y gasóleo agrícola), también las empresas parece que también tienen margen para tomar medidas para reducir el precio (Repsol por ejemplo ha anunciado te da un descuento de 10 céntimos si pagas con su aplicación de pago, la reducción del platts de las ultimas semanas y de la obligación de mantenimiento de reservas estratégicas no se está viendo en los precios….).

 

Así que igual no toda la culpa la tiene el Estado, pero tampoco parece que tengamos una Administración que sepa manejar con rapidez y eficacia la necesidad de dar respuesta YA Y AHORA al miedo que da acercarse a una gasolinera!

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El 5 de marzo de 2022 el BOE publica una de las medidas más extraordinarias que se pueden tomar en el sector de los hidrocarburos, la liberación de reservas estratégicas. Para los que trabajamos en este sector, leer la Orden publicada hoy en el BOE es apuntar una línea más al listado de situaciones increíbles que se están viviendo en el mundo en los últimos dos años.

 

Orden PCM/153/2022, de 4 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2022, por el que se liberan existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos en el marco de una acción coordinada de la Agencia Internacional de la Energía.

 

La situación geopolítica en Europa, como consecuencia de la invasión de Ucrania por Rusia, ha alterado el mercado petrolero y ha provocado la posibilidad de una interrupción sustancial del suministro a Europa. (Rusia es el tercer mayor productor de petróleo del mundo, representando el 12 % del comercio mundial de crudo así como el 15 % del comercio mundial de productos refinados)

 

La UE se abastece del mercado ruso por vía terrestre y marítima:

  • Por una parte, el oleoducto de Druzhba, con paso por Ucrania abastece a Hungría, Eslovaquia y República Checa de manera directa.
  • Por otra, la creciente inestabilidad sobre el mar Negro podría derivar en una crisis de suministro dado que, si este quedara aislado del tráfico de buques petroleros, el suministro 2.3 mb/d de crudo estaría en riesgo.

 

Para aliviar la tensión de los mercados y los efectos de un suministro inestable de petróleo crudo y sus derivados procedentes de Rusia, la Agencia Internacional de la Energía (AIE) ha activado un Plan de Respuesta Coordinada (en España la administración de ejecución de esta medida es la CORES, Corporación de Reservas Estratégicas) por el que…

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En el DOUE (Diario Oficial de la UE) se ha publicado hoy la DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2022/197 DE LA COMISIÓN de 17 de enero de 2022 por la que se establece un NUEVO marcador fiscal común para los gasóleos y el queroseno.

 

El nuevo marcador de todos los gasóleos clasificados en los códigos, NC 2710 19 43, 2710 19 46, 2710 19 47, 2710 19 48, 2710 20 11, 2710 20 16 y 2710 20 19, así como del queroseno clasificado en el código NC 2710 19 25, va a ser el ACCUTRACE™ PLUS, en sustitución del Solvent Yelow 124. 

 

Para permitir que todos los Estados miembros agoten las existencias del actual marcador (Solvent Yellow 124), se autoriza un periodo transitorio de 24 meses durante el cual se puede utilizar indistintamente Solvent Yellow 124 o ACCUTRACE™ PLUS. Este periodo transitorio finalizará el… 

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En pasado 27 de diciembre de 2021, se ha publicado la Orden TED/1452/2021, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las cuotas de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos correspondientes al ejercicio 2022

En este link se puede encontrar el texto completo: https://www.boe.es/boe/dias/2021/12/27/pdfs/BOE-A-2021-21394.pdf

 

Cuotas ordinarias en hidrocarburos líquidos.

a) Gasolinas auto y aviación: 0,0642 euros por metro cúbico vendido o consumido, y por día de existencias mantenido por la Corporación por cuenta del sujeto obligado.

b) Gasóleos de automoción, otros gasóleos, querosenos de aviación y otros querosenos: 0,0700 euros por metro cúbico vendido o consumido, y por día de existencias mantenido por la Corporación por cuenta del sujeto obligado.

c) Fuelóleos: 0,0775 euros por tonelada métrica vendida o consumida, y por día de existencias mantenido por la Corporación por cuenta del sujeto obligado.

 

La primera declaración y pago de estas cuotas corresponderá a las ventas o consumos efectuados en el mes de diciembre de 2021.

 

Cuotas ordinarias en gases licuados del petróleo y gas natural.

a) Gases licuados del petróleo:…


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Se ha publicado la Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se actualizan los valores αₜ y ß de las fórmulas de los apartados 1 y 2, respectivamente, del artículo 11 de la Orden ITC/2877/2008, de 9 de octubre, por la que se establece un mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.

 

En este link encontráis la Resolución aprobada: https://www.boe.es/boe/dias/2021/12/24/pdfs/BOE-A-2021-21312.pdf

 

Los valores aprobados finalmente son mayores a los propuestos y entrarán en vigor a partir del ejercicio de certificación correspondiente al año 2022 inclusive.

 

De los valores actuales vigentes, de los propuestos y de los finalmente aprobados, se puede comprobar el importante cambio en el panorama empresarial, comercial y jurídico del sector de los biocarburantes y sacar interesantes conclusiones.

  • Valor actual de cada certificado: 763€.
  • Valor propuesto de cada certificado: 1.490€
  • Valor aprobado: …

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De gran interés para todos los titulares de Estaciones de Servicio, se encuentra en fase de Consulta Pública para presentación de alegaciones (hasta el 13 de diciembre) la propuesta de Orden Ministerial por la que se establecerá el listado de instalaciones de suministro de combustibles y carburantes obligadas a instalar infraestructuras de recarga eléctrica, así como las excepciones e imposibilidades técnicas para su cumplimiento.

En este link se puede encontrar el texto y memoria de la propuesta de Orden: https://energia.gob.es/es-es/Participacion/Paginas/DetalleParticipacionPublica.aspx?k=469

Los titulares de las instalaciones de suministro de combustibles y carburantes que cumplan determinado criterio de ventas por áreas geográficas estarán obligados a instalar al menos una infraestructura de recarga eléctrica en la propia instalación, de distintas potencias, en distintos periodos temporales, todo ello en función del volumen anual agregado de ventas de gasolina y gasóleo A de dichas instalaciones en el año 2019.

Por tanto, el objetivo de esta regulación es…

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De gran interés para los fabricantes, distribuidores y consumidores de todo tipo de biocarburantes, se ha publicado propuesta de resolución de la S.E. Energía por la que:

 

1.- se determinan los biocarburantes o combustibles de la biomasa con alto riesgo de cambio indirecto del uso de la tierra:

 

Serán los producidos a partir a partir de las siguientes materias primas, siempre que no estén certificados como de bajo riesgo de cambio indirecto del uso de la tierra:

– Aceite de palma: Aceite extraído de la pulpa del fruto de la palma (palm).

– FFBs: Aceite extraído de los racimos de palma (oil palm fresh fruit bunches).

– PFAD: Palm Fatty Acid Distillate, destilado de ácido graso de la palma

– Aceite de hueso de palma o Aceite extraído del hueso o cáscara de la semilla del fruto de la palma (palm kernel shells)

 

2.- se determina su porcentaje máximo a efectos del objetivo de venta o consumo de biocarburantes:

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Se ha publicado Consulta pública previa sobre la Orden HFP/XXX/2021 por la que se aprueban las normas de desarrollo de lo dispuesto en el artículo 116 ter del reglamento de los impuestos especiales, aprobado por real decreto 1165/1995, de 7 de julio.

Este proyecto de Orden prevé la introducción de un nuevo artículo 116 Ter en el Reglamento de los Impuestos Especiales, por el que se regula el Registro de distribuidores al por menor de hidrocarburos.

De acuerdo con este precepto, los operadores dedicados a la distribución al por menor de combustibles y carburantes a vehículos en instalaciones habilitadas al efecto que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 43 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, …


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