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Se ha publicado en audiencia pública la Propuesta de modificación de la Orden TED/445/2023, que regula la información que deben remitir los prestadores de servicios de recarga eléctrica al MITECO, a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades de Ceuta y Melilla.

El plazo para presentar alegaciones finaliza el 30 de diciembre de 2025.

La propuesta surge para resolver varios problemas detectados desde la entrada en funcionamiento del Registro RIPREE y del Sistema de Gestión y Visualización (SGV), especialmente el envío duplicado de información estática por parte de los operadores. Con la modificación, los operadores conectados al SGV podrán remitir esa información a través de dicho sistema, reduciendo cargas administrativas.

Además, se actualiza el Anexo III para adaptarse a las obligaciones europeas sobre combustibles alternativos y anticipar la recogida de datos relativos a ventas y origen de la electricidad utilizada en la recarga, que serán tratados como información confidencial. También se corrigen errores detectados en normativa reciente.

Objetivos principales de la modificación
  • Facilitar la remisión de información por parte de los operadores de puntos de recarga.

  • Eliminar duplicidades y reducir trámites ante el Ministerio y las Comunidades Autónomas.

  • Alinear la normativa nacional con los requisitos europeos en materia de infraestructura de recarga y fomento de combustibles renovables.


Si gestionas puntos de recarga o eres un operador obligado, estos cambios pueden afectar tus procedimientos y obligaciones de reporte.
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