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Para los sujetos obligados e interesados en la normativa de fomento del uso de biocarburantes, la Comisión Europea ha publicado una nueva iniciativa legislativa en forma de Reglamento Delegado que modifica el Reglamento Delegado (UE) 2019/807.

El objetivo de esta propuesta es introducir una trayectoria que permita reducir gradualmente la contribución de determinados biocombustibles, biolíquidos y combustibles de biomasa considerados de alto riesgo de cambio indirecto del uso del suelo (ILUC) a los objetivos de energía renovable de la Unión Europea.

Contexto normativo

La Directiva (UE) 2018/2001 establece límites específicos para los biocombustibles, biolíquidos y combustibles de biomasa producidos a partir de cultivos alimentarios y forrajeros que presentan un alto riesgo de cambio indirecto del uso del suelo, especialmente cuando se observa una expansión significativa de las áreas de cultivo hacia tierras con alto contenido de carbono.

Para ello, la Comisión Europea fijó los criterios de identificación de estas materias primas de alto riesgo en el Reglamento Delegado (UE) 2019/807, que ahora se pretende modificar.

Contenido de la iniciativa

El nuevo Reglamento Delegado propuesto:

  • Actualiza la metodología y los datos utilizados para determinar qué materias primas presentan un alto riesgo de cambio indirecto del uso del suelo.

  • Establece una trayectoria de reducción progresiva de la contribución de los biocombustibles, biolíquidos y combustibles de biomasa de alto riesgo ILUC a los objetivos de energía renovable.

  • Se centra en aquellas materias primas cuya producción muestra una expansión significativa hacia tierras con alto contenido de carbono.

Esta iniciativa puede tener impacto directo en los operadores afectados por las obligaciones en materia de biocarburantes y energías renovables, por lo que resulta conveniente analizar su alcance y posibles efectos regulatorios.


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De interés para los sujetos obligados e implicados en la gestión de la garantía del IVA en la extracción de hidrocarburos desde depósitos fiscales, tenemos constancia de que en los próximos días la AEAT publicará nuevas respuestas en sus Preguntas Frecuentes (FAQs) para aclarar y matizar diversas dudas que está generando la aplicación de las tres órdenes ministeriales recientemente aprobadas.

Estas nuevas FAQs darán respuesta a muchas de las lagunas e incertidumbres que se pusieron de manifiesto en la formación celebrada el pasado 15 de enero, tanto desde el punto de vista normativo como operativo.


Principales cuestiones que se van a aclarar

Entre los aspectos que, según la información disponible, serán objeto de aclaración o matización por parte de la AEAT, destacan:

  • La posibilidad de combinar las dos formas de garantía (avales y modelo 319), pese a que esta opción no figure expresamente recogida en la normativa.

  • Diversas cuestiones prácticas relativas al modelo 319, que están generando una elevada complejidad en su gestión, como:

    • El criterio de declaración por producto o por carga.

    • La determinación de las cantidades a 15 grados, cuando el extractor no dispone de ese dato y opera a temperatura ambiente.

    • La exigencia del precio exacto del producto, con las consecuencias que puede tener cualquier diferencia respecto al precio final facturado.

Cuestiones adicionales relevantes

Asimismo, se han detectado otros aspectos de especial interés para los operadores afectados:

  • Seguros de caución como garantía: se tiene constancia de que la AEAT ha denegado algunas solicitudes de aceptación de seguros de caución y está revisando otras, pese a que la normativa contempla expresamente la posibilidad de que la garantía sea prestada por entidades de crédito, instituciones financieras o compañías de seguros acreditadas en la Unión Europea.

  • Actualización mensual de las garantías: a petición de la AEAT, algunas entidades financieras están valorando la posibilidad de ajustar la cuantía de avales ya emitidos sin necesidad de formalizar nuevos avales.

  • Desarrollos normativos forales: las Haciendas Forales avanzan a ritmos distintos y, en algunos casos, como Álava, ya se ha indicado que no prevén implantar este sistema en el corto plazo.

  • Dudas sobre la legalidad de las órdenes: existen indicios claros de posibles vicios de legalidad en estas normas, lo que podría abrir la puerta, en el futuro, a reclamaciones por los perjuicios económicos sufridos por las empresas afectadas en caso de anulación.

Desde NH Asesores seguiremos informando de las novedades más relevantes que vaya publicando la AEAT y de cómo afectan a la gestión práctica de estas nuevas obligaciones.


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