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El 15 de diciembre de 2025 se ha publicado en el BOE la Resolución de 5 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hacen públicos los anexos modificados de la Orden ITC/2308/2007, que regula la forma de remisión de información sobre las actividades de suministro de productos petrolíferos al Ministerio.


Esta resolución es de especial interés para todos los sujetos obligados al RISP, ya que introduce cambios en los formatos de comunicación de la información.


Aunque la Resolución está publicada en el BOE, en el propio texto se indica que los nuevos campos y anexos modificados no se incluyen en el documento, sino que se encuentran disponibles en la web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Sin embargo, en el momento de acceder a dicha web, los cambios no aparecen publicados ni existe un resumen oficial de las modificaciones realizadas.


Entrada en vigor inmediata

Según indica expresamente el BOE, los nuevos formatos entran en vigor mañana, 16 de diciembre de 2025, y se establece de forma clara que:


“Después de su entrada en vigor solo será posible comunicar la información en los nuevos formatos”.


Esto implica que cualquier remisión de información al RISP deberá adaptarse de forma inmediata a los nuevos anexos, aun cuando no se haya facilitado públicamente un resumen de los cambios ni una explicación de los mismos.


Desde NH Asesores estamos preparando un resumen detallado de las modificaciones aprobadas, para que los sujetos obligados puedan conocer con precisión qué ha cambiado y cómo deben adaptar sus comunicaciones, especialmente teniendo en cuenta que el incumplimiento de estas obligaciones puede conllevar sanciones.


📧 Para ampliar información o solicitar un análisis personalizado, contáctanos en: info@nh-asesores.com

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